Por Catalina Arca (desde Río Negro) y Laura Salomé Canteros. Dos policías de la ciudad Río Negro fueron condenados a siete años de prisión efectiva como coautores de rapto y abuso deshonesto contra una joven de 14 años. Aunque ambos seguirán en libertad hasta tanto se confirme la sentencia, la familia y las organizaciones de mujeres que acompañaron el largo proceso judicial se mostraron conformes.
“Logramos una condena de siete años de cumplimiento efectivo, en una cárcel común, como tiene que ser”. Estas fueron las palabras de una emocionada Gloria Apablazza, madre de la joven violentada luego de conocida la sentencia el pasado viernes 27 de diciembre de 2013 en General Roca, Río Negro. Los jueces Carlos Gauna Krueger, Juan Pablo Chirinos y Daniel Tobares, que integran la Cámara Criminal N°1 de esa ciudad, decidieron condenar a los efectivos Rubén Darío Rubio y Víctor Manuel Chumbita tras haber sido declarados coautores del delito de “rapto en concurso real con abuso sexual calificado por ser cometido por dos personas y por personal perteneciente a las fuerzas policiales, en ocasión de sus funciones”.
Según el fallo judicial, no se pudo probar la violación pero sí el rapto con fines sexuales y para tomar la decisión los magistrados valoraron el testimonio de la joven, quién tuvo la enorme fuerza y valentía de animarse a contar el abuso ejercido por los oficiales. Su abogado, Marcelo Hertzriken Velasco, a la salida de los Tribunales eligió mencionar el aspecto político- institucional del caso y declaró, “hoy el gobernador de la provincia (de Río Negro) tiene el elemento para echar a Rubio y a Chumbita de la fuerza policial” ya que “a 4 años (del delito), estas personas siguen perteneciendo a la institución”. Y amplió, “en principio estamos conformes con la sentencia”. Y acerca del carácter de la investigación declaró, “es paradojal que la justica haya dispuesto que la policía investigue a sus propios pares” y concluyó, “acá no se recolectaron evidencias en los primeros pasos, pero afortunadamente tenemos una sentencia condenatoria que define que (nuestra defendida) fue raptada y privada ilegítimamente de su libertad con finalidad sexual”.
La historia del abuso
El primer día de 2010, Víctor Manuel Chumbita y Rubén Darío Rubio, dos policías de la provincia de Río Negro, abusaron sexualmente de una joven de 14 años en un destacamento de la fuerza de seguridad ubicado en la zona rural de Guerrico, a 12 km de la ciudad de Allen. Ese día, la joven había ido en moto a llevar a su hermana a tomarse el colectivo y a su regreso, fue demorada por estos dos oficiales con la excusa de la presentación de los papeles del ciclomotor. Como ella no los tenía, la hicieron ir hasta la oficina del destacamento para firmar una multa. Allí, en el segundo piso, comenzó su calvario.
La golpearon hasta dejarla inconsciente y mientras uno la sujetaba, el otro abusada de ella. Tres horas después logró escabullirse del destacamento y como pudo, agarró la moto y salió para su casa pero en el camino, se accidentó y volvió a quedar inconsciente. La joven fue derivada al Hospital de Allen, donde no fue revisada por abuso sexual pese a que por momentos gritaba “¿Qué me hicieron estos hijos de puta?”. Paradójicamente, uno de los policías agresores se acercó al lugar y preguntó por la joven haciendo alarde de la impunidad que le otorga su uniforme. Por carencia de equipos fue trasladada a un centro de salud privado en General Roca donde pudieron realizarle el examen ginecológico que constató el abuso sexual. La pericia fue realizada por un policía.
Al día siguiente, la familia de la joven radicó la denuncia en la Comisaría tercera de General Roca. De inmediato, intervino el Juzgado de Instrucción N°4, a cargo del juez Emilio Stadler. El 26 de enero de 2010, la joven declaró en cámara gesell, pero por razones que se desconocen, la grabación del testimonio se perdió. Tuvo que volver a declarar reviviendo una vez más lo ocurrido.
La importancia del acompañamiento y la organización
Amenazas a la familia de la víctima y a testigos clave, intentos de fuga de uno de los policías abusadores, encubrimiento político y corporativo, retraso de los tiempos del poder judicial fueron parte de esta historia de abusos que no son exclusivos y que suelen repetirse contra la salud física y psíquica de las mujeres en los contextos de abusos. En medio del proceso, operadores y operadoras de justicia revocaron la prisión preventiva a los policías violadores -quienes en estos cuatro años sólo estuvieron detenidos un mes- y salieron en libertad bajo fianza. No casualmente, uno de los tres jueces que tomó la decisión de liberarlos fue Carlos Vila, tiempo después denunciado por ejercer violencia sexista contra su esposa y removido de su cargo tras enfrentar un juicio político.
Es por esto que, desde el primer día, la joven y su familia estuvieron acompañadas por la Multisectorial de Mujeres de Fiske Menuco, la Comisión de Mujeres de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Comahue y otras organizaciones sociales y políticas que reclamaron por el encarcelamiento y la remoción de los agentes policiales.
Ante un abuso
Las consecuencias de los abusos son tanto más graves cuanto mayor es la implicación afectiva o la autoridad simbólica y moral de los violentos y realizar la denuncia pertinente ante un caso de violencia sexual es tan importante como asegurar el resguardo y el acompañamiento de las víctimas ante posibles nuevos abusos o presiones y amenazas. Una buena estrategia es contactarse con las Fiscalías de Instrucción, Defensorías de Menores, Juzgados de Familia para alentar, de esta manera, las acciones desde todos los sectores, en forma transversal e interdisciplinaria, federal y provincial, en mecanismos coordinados de información, prevención, atención inmediata, asesoramiento y asistencia posterior a las víctimas de abuso y violencia sexual.
El dar credibilidad a los relatos por parte de operadores/as de las diferentes instituciones cumple un efecto reparador en la víctima y en su entorno. En la historia específica de la joven violentada en Río Negro, el agravante social, cultural y penal es que los abusadores forman parte de la institución policial. La forma en que se dieron los hechos constituye, además de un ejercicio de violencia física, psicológica, sexual e institucional contra las mujeres según la Ley N° 26.485, un acto de excesos en el ejercicio del poder y una clara violación a los derechos humanos. No obstante, el factor de omisión y entorpecimiento en la etapa de investigaciones recae en complicidad con el delito de parte de toda la fuerza provincial. La condena social y penal está vigente, ahora se espera la condena política y la expulsión de los abusadores de sus privilegios como agentes del orden. Mientras, la sociedad toda y el estado deben responder por la violencia machista e institucional de los abusos que socava diariamente a mujeres, niñas, niños y adolescentes en nuestro país.