Se dieron a conocer los fundamentos del fallo del caso Mariano Ferreyra a partir de los cuales el ex jefe de la Unión Ferroviaria, José Pedraza, permanecerá en la cárcel hasta el año 2026 por ser participe necesario en el asesinato del joven militante del Partido Obrero.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 21 dio a conocer los fundamentos del fallo a partir del cual tanto Pedraza como su segundo, Juan Carlos “Gallego” Fernandez, fueron condenados con quince años de prisión por ser considerados partícipes necesarios del ataque que una patota de empleados ferroviarios realizó en octubre del 2010 contra empleados tercerizados de la ex línea Roca que reclamaban por el pase a planta, en el cual Mariano Ferreyra fue asesinado y resultaron heridos otros tres manifestantes, Elsa Rodriguez, Ariel Pintos y Nelson Aguirre.
Asimismo, los jueces del tribunal Horacio Días, Diego Barroetaveña y Carlos Bossi explicaron en el extenso fallo -1.669 páginas- los motivos de éstas y el resto de las condenas del caso, que fueron de dieciocho años para el ex delegado Pablo Díaz y para los autores materiales del crimen, once años para Jorge Gonzáles y Salvador Pipitó, diez años para el ex comisario Luis Mansilla, ocho para Claudio Alcorecel y penas menores para el resto de los efectivos policiales implicados.
“Si Pedraza no quería, esto no pasaba”, explicó el presidente del tribunal, Horacio Días, en la sala AMIA de los tribunales de Comodoro Py, lugar donde se dio a conocer la sentencia luego de ocho meses de juicio oral y donde Pedraza y Fernandez fueron hallados “penalmente responsables del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipes necesarios”.
Pese a las “respuestas mas o menos convincentes” con las que los acusados intentaron defenderse, Días señaló que hubo “una cuestión sobre la cual ningún imputado ni ninguna defensa pudo contestar” y sobre la que “no arrojaron ningún atisbo de respuesta”.
“El interrogante era básico, casi elemental: ¿Qué pasó? ¿Por qué del lado de los ferroviarios había gente armada? Nadie sabía lo que pasó. Nadie lo respondió, nadie quiso arriesgar, y la causa de ello es clara: no hay ninguna explicación posible que lo deje a Pedraza afuera del hecho; no hay modo, por eso nadie arrojó una alternativa. Si se concede que hubo gente armada en el bando ferroviario, el efecto dominó los termina arrastrando a la condena. Y efectivamente fue eso lo que se probó”, afirmó el tribunal.
El cargo gremial fue considerado un agravante por los magistrados, quienes afirmaron que “al sindicalista, como otros dirigentes sociales, le corresponde actuar con un ética ejemplar la que, por cierto, con todo lo que se plasmó durante la audiencia, no supieron ejercer Pedraza y Fernandez”.
“Por la historia que le tocó vivir y que lo tuvo como protagonista de luchas ejemplares contra encumbrados factores de poder, no pudo haberse confundido. Sabia que la demanda de los tercerizados por mejorar sus ingresos conspiraba contra el miserable interés de empresas cooperativas desnaturalizadas que procuraban la pura rentabilidad a costa de la mano de obra barata. Pedraza, renegando de sus sueños de joven, tronchó los del joven Mariano Ferreyra” remarcaron los jueces.
A partir de la difusión de los fundamentos, las partes querellantes y defensoras están habilitados para presentar sus respectivas apelaciones ante la Cámara Federal de Casación Penal con fecha límite hasta principios de agosto, cuando se cumpliría un año del inicio del juicio.
Tanto la querella de la familia Ferreyra, como la de Rodriguez y Aguirre afirmaron que apelarán el fallo y ambas partes discutirán la calificación legal que el TOC 21 realizó del hecho como homicidio simple.
“Plantearemos lo mismo que sostuvimos desde el inicio de la causa y durante todo el debate: que lo juzgado no fue un conjunto de hechos aislados que coincidieron por pura casualidad, sino que se trató de un plan criminal gestado, organizado y dirigido con reparto de tareas para disciplinar a los trabajadores”, remarcó María del Carmen Verdú, abogada de Correpi, quien apelará junto a su colega Claudia Ferrero la calificación de las condenas de Pedraza, la patota y los policías, que “fueron todos condenados por delitos menores”.
Por su parte, el abogado Maximiliano Medina del CELS, aseguró que también apelará el fallo y que se discutirán algunas de las absoluciones a los policías implicados, ya que “fueron instigadores y partícipes necesarios del homicidio calificado, no cómplices e incumplidores de deberes de funcionario público”.