Marcha dialogó con Martín Scalabrini Ortiz, ingeniero en proyectos de petróleo y gas. El especialista opinó sobre el decreto que establece una serie de beneficios para la inversión extranjera en la explotación de hidrocarburos en el marco del acuerdo entre YPF y Chevron.
El día lunes se publicó en el boletín oficial un decreto para el fomento de la inversión en proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos en nuestro país. A su vez, el martes la empresa estatal YPF firmó un acuerdo con la estadounidense Chevron para explotar yacimientos de hidrocarburos no convencionales en la provincia de Neuquén.
Para analizar este tema Marcha consultó al ingeniero Martín Scalabrini Ortiz quién además es miembro del Consejo Editorial de la revista Industrializar Argentina.
Si bien el enfoque está puesto principalmente en los pormenores del decreto, el ingeniero subrayó que “hay que enmarcar la emisión de este decreto en los acuerdos entre YPF y Chevron. En ese sentido hay que analizar en el marco en que se da. Parece un decreto hecho a medida”. Además agregó: “Por supuesto otras empresas van a poder aprovechar esto. Pero el monto de la inversión está indicando un número que va en la dirección de los acuerdos de YPF con Chevron”.
Sigue girando (dólares al exterior)
En primer lugar, Scalabrini Ortiz hizo referencia a la nueva regulación resaltando algunos puntos importantes. “Luego de la nacionalización parcial de YPF y del decreto del año pasado que era muy promisorio respecto de la regulación de la producción del mercado de hidrocarburos, tanto de gas como de petróleo, aparece este que no va en un sentido de desarrollar la soberanía energética. No me gusta nada este paso que se está dando”. El ingeniero explicó que este “es un decreto de incentivo para proyectos de inversión por más de 1000 millones de dólares en donde, después de los 5 años, el 20% del total de la producción puede ser comercializado libremente tanto en el mercado interno como en el mercado externo”.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que “principalmente esto está hecho para apuntar al mercado externo ya que se pueden vender a precios internacionales sin pagar derechos de exportación”. El especialista da cuenta que “a los 5 años se deja liberada esa cuota del 20% sin ningún tipo de retenciones ni de impuestos”. La excepción, aunque sin prejuicios para la empresa inversora, se da “en caso de que el mercado interno no pueda ser abastecido totalmente” y este 20% deba ser destinado al consumo nacional. Allí “se le asegura a la empresa o a las empresas que adscribieron a estos beneficios, el precio internacional y los dólares que hubieran ingresado por la venta de ese crudo en el mercado externo con disponibilidad del 100% de esos dólares”. O sea que si se venden afuera no hay “necesidad de ingresarlos y si se venden en el mercado interno al precio internacional está la posibilidad de acceder a los dólares y girarlos afuera”.
Ir y venir, volver atrás
Si bien el decreto y el acuerdo con Chevron fueron presentados como un avance ante los problemas de autoabastecimiento que tiene la Argentina, Scalabrini Ortiz advirtió sobre el retroceso que implica esta legislación respecto de la que estaba vigente. “Es toda una serie de beneficios que hasta ahora el capital extranjero no tenía. Por un lado el decreto del año pasado generaba el ámbito para una regulación un poco más estricta que la que se venía dando; se habían dado de baja los decretos más importantes al respecto del año 89, de Menem, lo cual era muy positivo. Pero por otro lado damos un paso atrás volviendo a la libre disponibilidad”. Si bien el ingeniero reconoce que es solo sobre un 20% de la producción, aclara que “es un paso atrás sobre lo que se venía dando hasta el año pasado”.
“Por otra parte el decreto no dice nada de las obligaciones que tenga que tener el capital extranjero que venga a ser invertido en la Argentina” aclaró. “Se está aplicando la misma lógica que se aplicó en la década del 90 para los Tratados Bilaterales de Inversión. Hay amplios beneficios para estos capitales: libre disponibilidad, cero retenciones, igualación del mercado interno al de exportación. Y no hay ninguna obligación”.
25 años no es nada ¿o si?
Uno de los puntos del decreto habilita la posibilidad de dividir las áreas ya concesionadas para yacimientos convencionales en caso de que en ellas se puedan explotar hidrocarburos no convencionales. De esta manera “se subdividen las áreas que ya están, con lo cual hay algunos efectos retroactivos. Hay algunas áreas que siendo explotadas en forma convencional ahora y si se comprueba que pueden ser explotadas en forma no convencional se puede subdividir y puede adscribir a los beneficios de este decreto. Comenzando los plazos de concesión a partir de este momento”. De esta manera, empresas que ya se encuentran explotando determinada área podrían extender ese beneficio por más años simplemente presentando un proyecto para desarrollar producción de hidrocarburos no convencionales.
Scalabrini Ortiz lo explica de la siguiente manera: “Ponele que una empresa tiene una concesión que firmó hace 20 años, a punto de vencer. Si en esa área puede comprobar que puede producir petróleo o gas no convencional, inmediatamente puede presentar un proyecto para adscribir a este decreto, tener 25 años de producción y una extensión de 10 años más”.
Regúlame esta explotación
Teniendo en cuenta que Chevron es una empresa duramente cuestionada y que ha perdido un juicio en Ecuador por contaminación ambiental, consultamos a Martín Scalabrini Ortiz sobre los puntos del decreto y la legislación argentina al respecto.
“En el decreto no dice nada” afirmó contundente, pero inmediatamente aclaró que “lo que sí hay son regulaciones ambientales que se vienen llevando adelante para las producciones de petróleo y gas desde hace tiempo”.
Por otra parte resaltó el carácter novedoso y excepcional de una ley de la provincia de Neuquén (aprobada a fines de 2012) que regula la explotación de hidrocarburos no convencionales y “obliga a las empresas a obtener agua de cursos abiertos y no a través de pozos subterráneos. Se les obliga también al tratamiento del agua que pueda generar este tipo de actividad: con determinado nivel de calidad para poder ser vertido o tienen que obligatoriamente reutilizarla en la misma producción”. Sin embargo, esta “es la única provincia que tiene este decreto particular para este tipo de explotación”.
¿Fracking sustentable?
Finalmente, el ingeniero realizó una afirmación que podría sonar polémica o contradictoria. Teniendo en cuenta que la mayoría de los opositores al acuerdo con Chevron y el decreto rechazan de plano el método de fractura hidráulica (fracking en inglés) utilizado en la explotación de hidrocarburos no convencionales, Sacalabrini Ortíz declaró: “Yo soy partidario de llevar adelante una tecnología de este tipo (fracking) siempre y cuando este regulada por el Estado con los controles públicos adecuados”.
Y explicó sus razones: “Se puede hacer la explotación y la producción de la forma menos riesgosa posible, cuidando los recursos acuíferos. Existen las tecnologías adecuadas como para que se pueda reutilizar el agua, se pueda reinyectar, se pueda tratar y se pueda cuidar el medioambiente”. De todas formas esto no supone, para el ingeniero, que exista un fracking ecológico. “Siempre las actividades de este tipo tienen un riesgo ambiental explicito” explicó y dejó en claro que no existe una forma totalmente “segura” de llevarla a cabo. “Ya la propia explotación de petróleo y gas (convencional) tiene riesgos ambientales asociados” y si no llevás adelante la producción “con los cuidados adecuados tanto sea convencional como no convencional vas a tener las mismas consecuencias”, concluyó.