Por Francisco Soriano y Andrea Sosa Alfonzo. El episodio que salió a la luz los últimos días protagonizado por Vatayón Militante, el condenado por el homicidio de Wanda Taddei, Eduardo Vásquez y los amigos “K”, abrió un debate acerca de los derechos de las personas privadas de libertad.
Los episodios recientes, reflejados en diversos medios de comunicación, a raíz de la actividades que la agrupación kirchnerista “Vatayón Militante” llevara adelante, han concentrado la atención de la sociedad por la participación en dichas actividades de personas privadas de su libertad por el Estado, es decir, presos.
La agrupación kirchnerista está conformada por jóvenes que llevan adelante actividades culturales, a partir de la articulación y autorización del Servicio Penitenciario Federal (SPF) dirigido por Victor Hortel -quien reconoció públicamente reiteradas veces responder a la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner y, bajo su ala, al Vatayón Militante- para otorgar permisos de salidas a personas privadas de su libertad. Apenas resonó en los medios, los militantes de Vatayón salieron a argumentar que “toda la cultura es política”, finalizando así los cuestionamientos recibidos sobre si los permisos son para actividades políticas o culturales.
Los derechos son también derechos
Por una parte, como suele ocurrir, los discursos cruzados se limitaron a acusaciones superficiales que apelaron a un sentido común construido desde los mismos medios y que gira alrededor del miedo y la denigración de la política. Sin embargo, y a pesar de la complejidad de la situación que involucra a bateristas femicidas, presos, movimientos feministas, internas pejotistas y agrupaciones políticas, debemos profundizar el análisis y ver lo que verdaderamente ocurre en las cárceles argentinas.
Todo comenzó cuando el ex baterista de la banda Callejeros, Eduardo Vásquez, quién se encuentra condenado a 18 años de prisión fue visto en la zona de Almagro dando un recital junto con otros presos. La actividad recibió la calificación cruzada de acto político por los medios y de evento cultural por la misma organización. Vásquez fue juzgado por haber asesinado a su mujer, Wanda Taddei, y se encuentra detenido en la Unidad Penitenciaria Federal I, ubicada en Ezeiza.
Dentro del feminismo, como se expresó en la Red Informativa de Mujeres de Argentina, hubo disidencias sobre las implicancias de estos hechos. El eje de la discusión remite al debate feminismo punitivo o feminismo abolicionista, esto es, si los femicidas -aquellos que cometen crímenes contra mujeres- cumplen condena legal o condena social y si esos derechos implican un índice de impunidad. Por otra parte, y a pesar del reconocimiento de los derechos humanos y de la capacidad de reinserción que debe tener cualquier condena, el episodio de Vázquez choca con esa cuota de valoración de que todo crimen no es igual. La gravedad del femicidio por su alto grado de reincidencia, es la punta de lanza de esta disidencia dentro de las mismas feministas. “No se valora negativamente que un tipo prenda fuego a su mujer, o que viole a niños, y así lo entiende el propio Vatayon Militante” declara Mirta, una de sus participantes.
Dividir las aguas, profundizar el debate
Aquí hay varias cuestiones a analizar. En principio que el episodio de la salida de Vázquez no debe encuadrarse en un marco de análisis y generalización de la situación de los privados de libertad. Y es en sí mismo un hecho que engloba dos salidas en el período de los últimos ocho meses. Con lo cual, podemos hacer una profundización del debate atendiendo a esta particularidad.
Por un lado, las salidas realizadas por las personas privadas de su libertad, por otro, cómo, a quién y por qué se conceden. El Régimen de Ejecución Penal define en su primer artículo que la finalidad de la pena privativa de libertad es, en todas sus modalidades, la reinserción social del condenado, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad. Lo mismo postulan los convenios internacionales que integran nuestra Constitución Nacional. Por lo que el régimen contempla distintas salidas; laborales, estudiantiles, etcétera, que deberían concederse de manera gradual a medida que el tiempo de condena va pasando.
La discusión sobre si la participación es en una actividad cultural o una política, es una falsa antinomia, puesto que cualquier actividad cultural será política. Lo que sí refiere a una diferenciación que debe hacerse en términos jurídicos es si es normal lo que pasó, es decir, si refiere a actos avalados desde los organismos de Justicia para luego dar cuenta del recorrido que pueden hacer estos acontecimientos en la sensibilización social.
Para adentrarnos en el debate, Marcha dialogó con el Juez de Garantías de la ciudad de Mar del Plata, Juan Tapia, quien argumentó que “generalmente las actividades culturales se hacen en la cárcel, de ahí que no sea en el marco de una normalidad que se autorice la salida de detenidos para estas actividades”. Con respecto a la autorización mencionó que “solo el juez ante el cual tramita la causa puede autorizar”. En este sentido, si el permiso está dirigido a un condenado, “es el juez de ejecución penal quien autoriza, controla la condena y las eventuales salidas anteriores al cumplimiento de la pena, que no son beneficios sino derechos, orientados a facilitar la reinserción social”.
Sin embargo, según Tapia, las salidas de Vázquez no encuadran en ninguno de los derechos que prevé la ley de ejecución penal nacional, Ley 24.660. En Buenos Aires, la ley de ejecución es la Ley 12.256. Tapia afirmó a Marcha que “las previstas por la ley son las salidas transitorias y la libertad anticipada. Todas exigen el cumplimiento de más de dos terceras partes de la condena incluyendo conducta. El código penal regula además la libertad condicional y también exige dos tercios de la pena cumplida”. Tapia admite que la pregunta más bien debe ir hacia “si se puede gestionar una salida de estas características vía actividad cultural, social y cómo justificarla en la norma constitucional que establece que las penas son para la resocialización del castigado (art. 18 CN)”.
Parte de la discusión de las salidas extramuros reside en reflexionar sobre una problemática que debe implicar la participación de la sociedad toda. No es casual que la figura de Vásquez, sembrada de una sensibilidad reciente, pegue en lo más vulnerable de una sociedad que aún lucha por instalar en agenda los crímenes de femicidio como hechos de lesa humanidad. Una agrupación como Vatayón Militante ¿debería preguntarse si el objetivo de este tipo de actividades es un fin en sí mismo o una política hacia la reinserción social? Desde el aspecto judicial, las autorizaciones estaban. Podemos preguntarnos entonces por la legalidad de dichas autorizaciones. Pero, sobre todo, preguntarnos por la manipulación de la información, por la cobertura de los medios acerca de un hecho puntual que se instala como una condena de la actividad partidaria, cuando en realidad el eje del debate es mucho más amplio, llama a otras voces y reflexiona sobre la sociedad que queremos.